ÁREAS DE PRÁCTICA

EN EL CAMPO DE LA ESPECIALIZACIÓN LEGAL ADUANERA Y DE COMERCIO EXTERIOR, QMTO ABOGADOS PRESTA ASESORAMIENTO Y ASISTENCIA LEGAL A SUS CLIENTES, EN LAS SIGUIENTES ÁREAS DE LA MATERIA:

EN SEDE ADUANERA

• Infracciones y delitos aduaneros.

• Impugnación de cargos por diferencias de tributos.

• Repeticiones y devoluciones de tributos.

• Cuestiones vinculadas a la clasificación y origen de las mercaderías.

• Investigaciones de valor en operaciones de importación y exportación.

• Habilitación de Aduanas domiciliarias y factorías.

• Autorización para la apertura de tanques y depósitos fiscales.

• Inscripciones ante el registro de importadores y exportadores.

• Cobro de beneficios a la exportación (reintegros aduaneros e impositivos).

• Liberación de garantías y avales aduaneros.

• Trámite de solicitud de exclusión de garantías por valores criterio.

EN SEDE JUDICIAL Y OTROS ORGANISMOS

• Procedimientos ante el Tribunal Fiscal de la Nación.

• Procedimientos ante la Justicia en lo Contencioso Administrativo Federal.

• Procedimientos ante la Justicia en lo Penal Económico.

• Procedimientos ante en banco Central por cuestiones cambiarias.

• Amparos y medidas cautelares.

EN SECRETARÍA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y PYME

En materia de prácticas desleales (dumping, derechos compensatorios, salvaguardia, cupos, etc.) contamos con la estrecha relación profesional de renombrados Estudios Jurídicos del exterior (Inglaterra, E.E.U.U., México, Brasil, Chile, Costa Rica, India, China y Japón, entre otros), permitiéndonos briendar respuestas inmediatas y eficaces, conforme lo exige el actual movimiento comercial en el mundo globalizado. El Estudio participa activamente en los casos más relevantes asesorando no solo a exportadores e importadores antes una eventual denuncia; sino que además asesora e empresas locales en el armado del caso frente a una práctica desleal por parte de alguna empresa del exterior. Durante el año 2019 QMTO Abogados se encuentra trabajando en cuatro investigaciones de dumping representando a un exportador de la República de Chile en el caso de Tambores de Acero; a una empresa Italiana exportadora en el caso de Papel y film autoadhesivos; a una empresa importadora en el caso de las luces de emergencia y a otra empresa local fabricante en el caso de artículos sanitarios de cerámica.